jueves, 21 de julio de 2016

ACA LES DEJAMOS EL MEJOR DISCURSO DE LA HISTORIA

ES SOLO SENTIR QUE TODOS SOMOS IGUALES




ALLÍ SE ENCUENTRA LA CLAVE DE LA HUMANIDAD


SE ACERCA LA ELECCIÓN DEL PRÓXIMO COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL EN LA EMPRESA HOLASA



Se acercan las elecciones del próximo comité de convivencia laboral en la empresa Holasa, empresa donde nuestra organización sindical se encuentra presente. A continuación expondremos lo que USTED NECESITA SABER para que haga una consciente elección de los compañeros que estarán en la mesa como electos para desarrollar las funciones de dicho comité.


RESOLUCIÓN 00000652 DE 2012 MINISTERIO DE TRABAJO
(Abril 30)

Por la cual se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones.

CAPÍTULO II


Conformación y funcionamiento de los Comités de Convivencia Laboral

Artículo  3°. Conformación. Modificado por el art. 1, Resolución Min. Trabajo 1356 de 2012. El Comité de Convivencia Laboral estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Los integrantes del Comité preferiblemente deben contar con competencias actitudinales y comportamentales, tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética; así mismo, habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos.





El número de servidores públicos o trabajadores que integrará el Comité, depende del tamaño de la entidad pública o empresa privada, así:

1. Con 10 o menos servidores públicos o trabajadores, el Comité estará conformado por dos (2) miembros, un (1) representante de los trabajadores y uno (1) del empleador.

2. Entre 11 y 50 servidores públicos o trabajadores, el Comité estará conformado por cuatro (4) miembros, dos (2) representantes de los trabajadores y dos (2) del empleador.

3. Entre 51 a 500 servidores públicos o trabajadores, el Comité estará conformado por seis (6) miembros, tres (3) representantes de los trabajadores y (3) tres del empleador.

4. Con más de 501 servidores públicos o trabajadores, el Comité estará conformado por ocho (8) miembros, cuatro (4) representantes de los trabajadores y cuatro (4) del empleador.

El Comité de Convivencia Laboral de entidades públicas y empresas privadas no podrá conformarse con servidores públicos o trabajadores a los que se les haya formulado una queja de acoso laboral, o que hayan sido víctimas de acoso laboral, en los últimos seis (6) meses anteriores a su conformación.





El empleador designará directamente a sus representantes y los trabajadores elegirán los suyos a través de votación secreta que represente la expresión libre, espontánea y auténtica de todos los trabajadores, y mediante escrutinio público, cuyo procedimiento deberá ser adoptado por cada empresa o entidad pública, e incluirse en la respectiva convocatoria de la elección.





Artículo 5°. Período del Comité de Convivencia Laboral. El período de los miembros del Comité de Convivencia será de dos (2) años, a partir de la conformación del mismo, que se contarán desde la fecha de la comunicación de la elección y/o designación.






Artículo  6°. Funciones del Comité de Convivencia Laboral. El Comité de Convivencia Laboral tendrá únicamente las siguientes funciones:

1. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.




2. Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la entidad pública o empresa privada.

3. Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.




4. Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias.

5. Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.




6. Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado.

7. En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité de Convivencia Laboral, deberá remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación, tratándose del sector público. En el sector privado, el Comité informará a la alta dirección de la empresa, cerrará el caso y el trabajador puede presentar la queja ante el inspector de trabajo o demandar ante el juez competente.

8. Presentar a la alta dirección de la entidad pública o la empresa privada las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del comité de convivencia laboral y los informes requeridos por los organismos de control.

9. Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Convivencia a las dependencias de gestión del recurso humano y salud ocupacional de las empresas e instituciones públicas y privadas.



10. Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la alta dirección de la entidad pública o empresa privada.

Artículo  7°. Presidente del Comité de Convivencia Laboral. El Comité de Convivencia Laboral deberá elegir por mutuo acuerdo entre sus miembros, un Presidente, quien tendrá las siguientes funciones:

1. Convocar a los miembros del Comité a las sesiones ordinarias y extraordinarias.

2. Presidir y orientar las reuniones ordinarias y extraordinarias en forma dinámica y eficaz.



3. Tramitar ante la administración de la entidad pública o empresa privada, las recomendaciones aprobadas en el Comité.

4. Gestionar ante la alta dirección de la entidad pública o empresa privada, los recursos requeridos para el funcionamiento del Comité.



ESTOS FUERON ALGUNOS DE LOS TIPS QUE SE DEBEN TENER EN CUENTA A LA HORA DE ELEGIR LOS REPRESENTANTES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL EN HOLASA

Tenga en cuenta la ética de la persona elegida, pues esta cualidad esta escasa por estos días en ésta empresa.







La información que anteriormente se expuso y la información adicional que necesitas saber la encuentras en: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47374

miércoles, 13 de julio de 2016

ORGANIZACIONES SINDICALES SOLIDARIAS EL DÍA DE CARPA

La organización sindical SINTRAHOLASA extiende sus agradecimientos a nuestras organizaciones hermanas, quienes compartieron su valioso tiempo solidarizándose con nuestras razones de protesta.


SINALTRAINAL




SINTRAIME MEDELLIN



CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES (CUT)



COMITÉ DE SOLIDARIDAD (COSOL)





SINTRAVIDRICOL


SINTRALIMENTICA
SINTHOL
SINTRACLINICA
SINTRAINQUIGAS


!VIVA EL MOVIMIENTO OBRERO¡ !VIVA¡ !VIVA¡ !VIVA¡

CARPA DE PROTESTA REALIZADA EL MIÉRCOLES 6 DE JULIO DEL 2016

Nuestra organización sindical extiende un total agradecimiento a las PERSONAS Y ORGANIZACIONES SINDICALES Y SOCIALES que brindaron su acompañamiento el día miércoles 6 de Julio del 2016  en  la Calle 17 No 43F - 122, Medellín, Antioquia, en la carpa de protesta llevada a cabo por SINTRAHOLASA como forma de manifestación al publico en general de los atropellos y violaciones que estamos viviendo en una de las compañías donde hacemos presencia.



A pesar de que aquel día tuvo una fría mañana el acompañamiento fue masivo, allí lanzamos consignas como voz de los obreros tratando de que los administradores de aquella multinacional, sientan sus trabajadores como el recurso mas importante para su industria.




Exigimos respeto por nuestra convención colectiva de trabajo y todo lo que allí se estipula, exigimos respeto para el trabajador, exigimos mejoras locativas en los puestos de trabajo por la salud y bienestar de los trabajadores.



...Y pasaba la fría mañana acompañada de un buen café junto a un buen pedazo de pan con queso, pero se sentía mas fuerte en el ambiente las ansias de todas las personas por desahogar esa alma oprimida...







Después de una jornada de lucha, viene la HORA FELIZ,  la hora de comer un buen y merecido almuerzo... Vean Ustedes....











..Nuestros compañeros de la junta directiva Sintraime Subdirectiva Medellin, en pie de lucha contra los atropellos de esta multinacional...










---Compañeros de más organizaciones sindicales y sociales que se unieron a este grito de protesta...


















...Y a deleitarse con un rico y delicioso tamal, el cual llego hasta los paladares de los compañeros solidarios con la protesta dentro de la misma multinacional (se encontraban trabajando en ese momento, pero esto no impidió a que se unieran a la lucha)...


























...DESPUÉS DEL DELICIOSO PLATO, SIGUE LA LUCHA...
















...HASTA LA MANCHA AMARILLA SE NOS UNE, A PROTESTAR, MIL GRACIAS COMPAÑEROS...
















...JUNTA DIRECTIVA SINTRAHOLASA Y LIDERES SINDICALES SINTRAIME...








...LA LUCHA NO TERMINA ALLÍ, SOLO ES UN PASO MAS EN CONTRA DE LOS ATROPELLOS PATRONALES...